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Norma UE · Cadena de suministro

EUDR: cadenas de suministro libres de deforestación

A partir del 30/12/2026, las empresas grandes y medianas solo podrán vender en la UE siete materias primas y los productos derivados si se produjeron sin deforestación y de forma legal. Su comprador europeo solo puede demostrarlo con los datos que usted le entregue.

Fuente legalReglamento (UE) 2023/1115
Se aplica desde30/12/2026 (grandes y medianas)
Micro y pequeñas empresas30/06/2027
Fecha de corte de deforestación31/12/2020
Materias primasGanado bovino, cacao, café, palma aceitera, caucho, soja, madera

En pocas palabras

El Reglamento de la UE sobre productos libres de deforestación, conocido como EUDR, abarca siete materias primas: ganado bovino, cacao, café, palma aceitera, caucho, soja y madera. También incluye muchos productos derivados que enumera el anexo I, como cuero, chocolate, muebles, papel o harina de soja. Estas mercancías solo pueden introducirse en el mercado de la UE o exportarse desde ella si se cumplen tres condiciones (art. 3):

  • Son libres de deforestación, es decir, la superficie no fue deforestada después del 31/12/2020 (art. 2, punto 13).
  • Se produjeron de forma legal según el derecho del país de producción, por ejemplo en materia de tierras, ambiente, trabajo e impuestos.
  • Existe para ellas una declaración de diligencia debida en el sistema de información de la UE.

La declaración de diligencia debida la presenta el operador en la UE, por lo general el importador. Para eso debe recopilar información (art. 9), evaluar el riesgo (art. 10) y, si corresponde, reducirlo (art. 11). El núcleo de esa información es la geolocalización de todas las parcelas donde se produjo la mercancía (art. 9, apartado 1, letra d). En parcelas de más de cuatro hectáreas se necesita un polígono en lugar de un solo punto, salvo en el caso del ganado bovino.

El reglamento se modificó dos veces: con el Reglamento (UE) 2024/3234, que postergó el inicio un año, y con el Reglamento (UE) 2025/2650, que volvió a postergarlo e introdujo simplificaciones, entre ellas menos obligaciones de declaración para las empresas posteriores en la cadena y los comerciantes.

A quién afecta en Sudamérica

Jurídicamente, el obligado es el operador en la UE. En la práctica, está afectado todo productor y exportador cuya mercancía va hacia allá, porque sin datos de geolocalización y pruebas de legalidad el comprador no puede presentar la declaración de diligencia debida ni vender la mercancía.

Materia primaPrincipales países de origen en la región
SojaBrasil, Argentina, Paraguay, Uruguay
Carne vacuna y cueroBrasil, Argentina, Paraguay, Uruguay
CaféBrasil, Colombia, Perú, Ecuador
CacaoEcuador, Perú, Brasil
Madera y celulosaBrasil, Chile, Uruguay
CauchoBrasil
Aceite de palmaColombia, Ecuador

La Comisión clasifica a los países según su riesgo (art. 29, Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1093). Chile y Uruguay se consideran países de riesgo bajo. Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, Paraguay y Perú tienen riesgo estándar. Ningún país de Sudamérica está clasificado como de riesgo alto.

Cuánto trabajo le espera depende mucho de su cadena de suministro. Una gran explotación de Mato Grosso con campos propios conoce sus polígonos. Un exportador de café del Huila que compra a cientos de pequeños productores a través de intermediarios primero tiene que relevar cada parcela. En el ganado bovino la cadena suele ser larga, porque los animales pasan por varios establecimientos antes de la faena. El reglamento exige la geolocalización de todos los establecimientos donde estuvieron los animales.

Riesgo bajo no significa que no haya nada que hacer. También para la madera de Chile o la carne de Uruguay siguen siendo obligatorias la geolocalización y la declaración de diligencia debida. Solo se eliminan la evaluación y la reducción del riesgo (art. 13), mientras no haya indicios de mezcla con mercancía de otros países.

Plazos

FechaQué se aplica
31/12/2020Fecha de corte: quedan excluidas las superficies deforestadas después de esa fecha
30/12/2026Obligaciones para operadores y comerciantes grandes y medianos
30/06/2027Obligaciones para micro y pequeñas empresas constituidas como tales hasta el 31/12/2024 (art. 38, apartado 3, en su nueva redacción)

El 04/05/2026 la Comisión presentó su informe sobre simplificación y no propuso una nueva postergación. Planifique con el 30/12/2026. Una cosecha de café del Huila o de soja de Paraná que llegue a Hamburgo o Róterdam en el primer semestre de 2027 necesita entonces los datos desde ya.

Las infracciones las sancionan los Estados miembros. El artículo 25 prevé, entre otras cosas, multas cuyo importe máximo es de al menos el 4 % del volumen de negocios anual de la empresa en la UE, además del decomiso de la mercancía y de los ingresos, y la exclusión temporal de la contratación pública. Esos riesgos los asume su comprador, y él se los trasladará en sus contratos, por ejemplo mediante garantías y derechos de rescisión.

Qué piden en concreto los clientes de la UE

  • Las coordenadas geográficas de cada parcela de producción, como polígono en parcelas de más de cuatro hectáreas.
  • El período de cosecha o la fecha de producción, la cantidad y la posición arancelaria (código SA).
  • Nombres y direcciones de los proveedores de la cadena hasta el productor.
  • Pruebas de legalidad: títulos de propiedad, permisos ambientales, en Brasil por ejemplo la inscripción en el registro ambiental rural CAR, y evidencia de cumplimiento laboral y tributario.
  • Una verificación contra la fecha de corte, por lo general con imágenes satelitales.
  • Pruebas de la segregación de los flujos de mercancía, para que la mercancía verificada no se mezcle con la no verificada.
  • En caso de reventa, el número de referencia de una declaración de diligencia debida ya presentada.

Certificaciones como RTRS o ProTerra para la soja, FSC o PEFC para la madera, Rainforest Alliance para café y cacao o RSPO para el aceite de palma ayudan a reunir los datos. Pero no reemplazan la diligencia debida, y el comprador de la UE le va a pedir los datos de geolocalización de todos modos.

Primeros pasos

  1. Revise con la nomenclatura arancelaria si cada producto entra en el anexo I.
  2. Releve las parcelas de todos los productores a los que les compra. En cooperativas con muchos pequeños productores es la tarea más pesada; empiece temprano.
  3. Verifique las parcelas contra la fecha de corte del 31/12/2020. Los datos satelitales públicos y los servicios especializados ayudan.
  4. Reúna las pruebas de legalidad de cada productor y manténgalas al día.
  5. Organice su logística para que la mercancía verificada se mantenga separada.
  6. Acuerde con sus compradores de la UE en qué formato necesitan los datos.

Defina quién es responsable de los datos dentro de la empresa. Los compradores preguntan con poca anticipación, a menudo por contenedores individuales, y quien puede responder en horas sigue siendo proveedor preferido. Las pruebas de legalidad de cada productor, sus vencimientos y las tareas de actualización se pueden llevar en una plataforma GRC como Sightadel, con evaluación de proveedores y gestión de documentos. Para los geodatos y la verificación satelital hacen falta herramientas especializadas.

Una evaluación de su situación se la da el diagnóstico UE gratuito.

Relación con las certificaciones

La EUDR no exige ningún certificado. Pero un sistema de gestión ambiental según ISO 14001 demuestra que usted gestiona los riesgos ambientales de forma sistemática y facilita la documentación. Para los exportadores de alimentos, las normas de seguridad alimentaria como IFS, BRCGS o FSSC 22000 siguen siendo necesarias en paralelo, porque el comercio minorista de alimentos las exige con independencia de la EUDR. Muchas preguntas de sus compradores se superponen con los deberes de diligencia de la CSDDD y la CSRD y, a partir del 14/12/2027, con el Reglamento sobre trabajo forzoso, que también exige trazabilidad hasta el productor. Quien releva bien su cadena de suministro una vez usa los datos para las tres. Así se evita pedir dos veces lo mismo a los mismos productores.

El acuerdo UE-Mercosur no cambia nada de la EUDR. Las ventajas arancelarias solo valen para mercancía que además cumple las normas de producto de la UE.

FAQ

¿Desde cuándo se aplica la EUDR?
Para empresas grandes y medianas, desde el 30/12/2026; para micro y pequeñas empresas, desde el 30/06/2027 (modificado por el Reglamento (UE) 2025/2650).
¿Como exportador en Sudamérica tengo que presentar la declaración de diligencia debida?
No, eso lo hace el operador en la UE. Pero para hacerlo necesita sus datos de geolocalización y sus pruebas de legalidad. Sin ellos no puede vender la mercancía.
¿Qué significa riesgo bajo para Chile y Uruguay?
El comprador de la UE puede aplicar una diligencia debida simplificada (art. 13). La geolocalización y la declaración de diligencia debida siguen siendo obligatorias.
¿Alcanza con un certificado de sostenibilidad?
No. Certificaciones como RTRS, FSC o Rainforest Alliance ayudan a reunir los datos, pero no reemplazan ni la geolocalización ni la declaración de diligencia debida.
¿Sirve una plataforma GRC para la EUDR?
Para una parte. Sightadel no trae la EUDR como marco propio y no procesa geodatos ni imágenes satelitales. Sí puede llevar en Sightadel las pruebas de legalidad, las evaluaciones de sus proveedores y las tareas con sus plazos, todo en un mismo lugar.